ANF AC

REPOSITORIO LEGAL

Normativa y Cumplimiento


ANF AC como entidad de confianza es responsable
de todas y cada una de sus Políticas y Prácticas


Política de Firma Electrónica (PFE)



La finalidad de esta política es reforzar la confianza en los actos firmados electrónicamente a través de determinadas condiciones para un contexto dado.

Cuando se firman datos, el firmante indica la aceptación de unas condiciones generales y unas condiciones particulares aplicables a la firma electrónica. Esta aceptación se realiza mediante la inclusión en la firma de un campo con el OID 1.3.6.1.4.1.18332.27.1.1. Este identificador de objeto específica la política de firma electrónica de forma unívoca.

Si el campo correspondiente a la normativa de firma electrónica está ausente y no se identifica ninguna normativa aplicable, entonces se debe asumir que la firma ha sido generada sin ninguna restricción normativa, y en consecuencia, que no se le ha asignado ningún significado concreto legal o contractual. Se trataría de una firma que no especifica de forma expresa ninguna semántica o significación concreta y, por lo tanto, hará falta derivar el significado de la firma a partir del contexto (y especialmente, de la semántica del documento firmado).



Política de Firma Vigente
OID 1.3.6.1.4.1.18332.27.1.1 - Política de Firma Electrónica